28 junio, 2024

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha tomado una decisión contundente en relación con el mecanismo de seguimiento de las campañas electorales, implementado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Por unanimidad, los magistrados electorales han declarado la ilegalidad de este mecanismo, ordenando a la CNDH detener la difusión del “Primer Informe sobre violencia política para la protección y defensa del Derecho a la Democracia”.

 

La CNDH, presidida por Rosario Piedra Ibarra, había respondido previamente, afirmando que no aceptaría ser “amordazada con interpretaciones regresivas de su misión constitucional”. Sin embargo, el TEPJF ha enfatizado que la CNDH carece de facultades para intervenir en temas electorales y que su actuación ha transgredido el desarrollo del proceso electoral en curso.

 

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña, al presentar el proyecto, aclaró que no se busca coartar la labor de la CNDH, sino más bien se pronuncia sobre la validez de un acto que incide en la materia electoral y, por lo tanto, entra en la competencia material del tribunal electoral. Es importante destacar que la Constitución prohíbe expresamente a la CNDH pronunciarse en temas electorales, una limitación que debe ser respetada por todas las autoridades, incluida la propia CNDH.

 

La decisión del TEPJF de declarar inválido el mecanismo de seguimiento de las campañas electorales y ordenar el retiro del informe sobre violencia política emitido por la CNDH. busca garantizar la imparcialidad y equidad en la contienda electoral. Se argumenta que los pronunciamientos de la CNDH pueden distorsionar la neutralidad del proceso electoral y afectar el ánimo de los electores.

 

Por su parte, la CNDH ha insistido en que su labor se enmarca dentro de sus facultades de promoción, divulgación y protección de los derechos humanos, y ha señalado que la limitación impuesta por el TEPJF constituiría un precedente grave que afectaría su capacidad para cumplir con su misión constitucional.

 

En conclusión, la decisión del TEPJF de declarar ilegal el mecanismo de seguimiento de las campañas electorales de la CNDH es un tema que genera debate en el ámbito político y jurídico. Mientras que algunos ven en esta medida una garantía de imparcialidad en el proceso electoral, otros la interpretan como un intento de coartar la labor de un organismo autónomo.