En este sentido, el Mandatario estatal aseveró se procederá conforme al marco jurídico nacional e internacional en la materia y se enviará un recurso de protesta por elaborar un producto propiedad cultural de este municipio oaxaqueño al diseñador y la empresa, solicitando suspenda la comercialización del modelo, así como un proceso de diálogo y reparación de agravios con la comunidad de Yalalag.
“Ya iniciamos el diálogo con las autoridades de Yalalag; la adopción de elementos culturales de los pueblos originarios con fines comerciales sin consentimiento libre, previo e informado, constituye una violación a sus derechos colectivos”, puntualizó.
Cabe destacar que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca en su Artículo 16, las leyes de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas y de Desarrollo Cultural para el Estado de Oaxaca reconocen el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación, la autonomía y a la conservación de su patrimonio cultural, tanto material como inmaterial.
La reforma al Artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos considera a los pueblos indígenas como sujetos de derecho y les da la facultad jurídica para defender su patrimonio material e inmaterial.
Así también, el Artículo 31 de la Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas señala que es un derecho de las comunidades mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, conocimientos tradicionales y expresiones culturales.
El Gobierno del Estado respalda la defensa del patrimonio vivo de los pueblos de Oaxaca y brindará el acompañamiento necesario a las autoridades para ejercer las acciones legales correspondientes.

