La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con tres votos a favor y dos en contra, aprobó emitir una acción declarativa para que el INE proceda con los trabajos preparativos para la elección de jueces y magistrados del Poder Judicial que deberá celebrarse el primer domingo de junio del 2025.
El proyecto discutido y votado fue presentado por el magistrado Felipe De la Mata Pizaña y con la resolución de la Sala Superior, no se interfiere en los amparos otorgados por otros jueces o juzgadores de distrito que hayan intentado frenar la organización de los comicios judicialesl.
Los magistrados que votaron a favor del proyecto fueron la presidenta Mónica Soto, Felipe De la Mata y Felipe Fuentes; mientras que los magistrados cuyo voto fue en contra, son Janine Otálora y Reyes Rodríguez.
El fallo se centró en declarar procedente la acción solicitada por el INE. Según el proyecto del magistrado De la Mata, suspender los actos relacionados con los procedimientos electorales de 2025 sería constitucionalmente inviable, ya que el INE está obligado a seguir con estas actividades por mandato legal y constitucional. Esta determinación evitaría que cualquier controversia judicial frene los preparativos para las elecciones, manteniendo el calendario electoral intacto.
El magistrado ponente explicó que los jueces de amparo no pueden intervenir en asuntos electorales y que la acción declarativa no revoca, confirma o anula ningún amparo, solo clarifica la incertidumbre para el INE al declarar que si puede continuar con la organización de la elección.
Por su parte la magistrada Janine Otálora, planteo que la resolución debía postergarse hasta que la Suprema Corte resolviera los diversos asuntos relacionados con la reforma judicial y que están en curso de resolución.
Proceso electoral bajo mandato constitucional
El magistrado Felipe De la Mata Pizaña fue claro en su propuesta al enfatizar que los actos electorales, una vez iniciados, no pueden detenerse. De acuerdo con el artículo 107 de la Constitución, los amparos no son procedentes en materia electoral, lo que significa que las actividades del INE deben continuar sin interrupciones. El proyecto de sentencia subraya que detener el proceso “implicaría paralizar a los entes del Estado”, afectando tanto al INE como a los órganos encargados de resolver las controversias que puedan surgir durante el proceso electoral.
De la Mata fue claro, el Tribunal Electoral no tiene competencia para pronunciarse sobre amparos, pero sí está facultado para resolver sobre la petición de una acción declarativa que involucra la obligación del INE de organizar elecciones. Esto asegura que las decisiones tomadas por jueces de distrito no serán modificadas ni revocadas por el Tribunal Electoral en esta sentencia.
Contexto: Elección del Poder Judicial
La propuesta de permitir que el INE siga adelante con el proceso electoral está relacionada con la organización de los comicios extraordinarios para elegir jueces y magistrados del Poder Judicial en 2025. Este proceso se enmarca en las reformas que buscan modificar el sistema judicial mexicano, un tema que ha generado debates intensos entre partidos políticos, el Poder Judicial y la ciudadanía.
En los últimos meses, diversas fuerzas políticas han presentado acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), buscando frenar la reforma al Poder Judicial, sin embargo, estas acciones no han interferido directamente en el mandato del INE de organizar las elecciones, ya que el Tribunal Electoral considera que su función está protegida por la Constitución y que la normativa electoral debe seguir su curso.
Diversas figuras públicas y partidos políticos han reaccionado ante la propuesta de De la Mata, destacando tanto su relevancia como sus posibles implicaciones para el futuro del sistema electoral mexicano. El consejero presidente del INE, Guadalupe Taddei, expresó su apoyo a la decisión del proyecto, resaltando la importancia de mantener el cronograma electoral intacto.
“El INE tiene el deber de organizar elecciones imparciales y transparentes. Este proyecto nos permite continuar con esa labor, garantizando los derechos político-electorales de la ciudadanía”, afirmó.
Por otro lado, algunos actores políticos han manifestado su preocupación por el avance de las elecciones judiciales sin un pronunciamiento claro por parte de la SCJN sobre la reforma al Poder Judicial. El senador Ricardo Monreal, por ejemplo, enfatizó que aunque el INE debe cumplir con su mandato, es fundamental que las instituciones mantengan un diálogo constante para asegurar que las reformas no afecten la estabilidad del país.
“La elección de jueces y magistrados es un tema delicado, y aunque debemos seguir con el proceso, es esencial que se tomen en cuenta las preocupaciones de todos los actores involucrados”, señaló Monreal.
Los fundamentos constitucionales
El artículo 107 de la Constitución es un pilar fundamental en la argumentación de De la Mata. Este artículo establece que los amparos no proceden en materia electoral, lo que refuerza la independencia del INE y su obligación de seguir adelante con las elecciones. El magistrado también destacó que la elección de jueces y magistrados está protegida por el principio de orden público, lo que significa que es una obligación del Estado garantizar que los procedimientos electorales se realicen conforme a la ley.
Además, señala que suspender las actividades del INE podría tener consecuencias graves para el sistema político y judicial de México, al generar incertidumbre sobre los próximos pasos en la organización de las elecciones. De la Mata subrayó que “concluir lo contrario implicaría paralizar a los entes del Estado”, algo que el TEPJF busca evitar.
Con la aprobación de este proyecto, el Tribunal Electoral fortalece su papel como garante de los derechos político-electorales de los mexicanos, mientras que el INE se prepara para enfrentar los retos que implica la organización de unos comicios tan importantes para el país.