19 septiembre, 2024

 

Un reciente fallo judicial ha puesto en el centro de la discusión la legalidad de las acciones tomadas por la Fiscalía General de la República (FGR) contra el Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG). El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal ordenó a la FGR devolver dos residencias y 14 vehículos, incluidos un Lamborghini Aventador y un Porsche, que habían sido incautados tras la recaptura de Rosalinda González Valencia, esposa de Nemesio Oseguera Cervantes, alias “El Mencho”, líder del CJNG.

 

La incautación de estos bienes ocurrió en noviembre de 2021, cuando González Valencia fue detenida en Zapopan, Jalisco, como parte de una investigación por el secuestro de dos marinos. Este secuestro, según la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), fue una represalia directa por la detención de la esposa del líder del CJNG.

 

Los bienes asegurados incluían dos residencias que, según las investigaciones de la FGR, eran utilizadas como casas de seguridad por el CJNG. Una de estas propiedades estaba registrada a nombre de Laisha Oseguera González, hija de “El Mencho”. La Fiscalía argumentó que estas propiedades y vehículos estaban vinculados a actividades ilícitas, específicamente a la privación ilegal de la libertad de personas, tanto civiles como miembros de otras organizaciones criminales.

 

 

Sin embargo, el Primer Tribunal Colegiado dictaminó que la FGR no cumplió con los procedimientos legales adecuados al incautar estos bienes. En particular, el tribunal señaló que no se obtuvo la autorización previa de un juez de control, como lo establece el artículo 252 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Este artículo requiere que cualquier medida que afecte derechos fundamentales, como la incautación de propiedades, debe contar con la autorización judicial correspondiente.

 

El tribunal dejó insubsistente el aseguramiento de los inmuebles y vehículos, subrayando la importancia del respeto a los derechos fundamentales en el proceso penal. La resolución también criticó la falta de justificación por parte de la FEMDO en su actuación, lo que llevó a los propietarios de los bienes a interponer un juicio de amparo que, en primera instancia, les fue negado. La revisión del caso por el Tribunal Colegiado resultó en un fallo favorable para los quejosos, quienes argumentaron que sus derechos habían sido violados.

 

Este fallo pone en entredicho la forma en que las autoridades manejan las incautaciones relacionadas con el crimen organizado, resaltando la necesidad de cumplir rigurosamente con los procedimientos legales para evitar que estas acciones sean revertidas en tribunales. La devolución de estos bienes al CJNG representa un revés significativo para la FGR y subraya la importancia del debido proceso en la lucha contra la delincuencia organizada.